*Alcaldes no tienen facultad legal para cerrar negocios sin orden judicial.*


Por Aneudy peralta 


El abogado Amadeo Peralta advirtió que los alcaldes municipales en la República Dominicana n


o tienen facultad para cerrar negocios sin cumplir el debido proceso de ley. Según explicó, la Ley 176-07, que rige los ayuntamientos y la organización municipal, no les otorga esta competencia, por lo que cualquier cierre arbitrario de negocios podría ser ilegal.


Peralta citó el caso del alcalde de San Pedro de Macorís, Rafael Ortiz, quien supuestamente ordenó el cierre de negocios sin una orden judicial. Según el abogado, esta acción podría constituir violaciones a varios artículos del Código Penal Dominicano, como el 123 (coalición de funcionarios), 184 (abuso de autoridad) y 186 (uso de la fuerza pública sin justificación legal), ademÔs de incumplir el artículo 148 de la Constitución, que establece la responsabilidad civil de los funcionarios por daños causados por actos administrativos ilegales.


Asimismo, recordó que la Ley 107-13 sobre derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública exige que cualquier sanción o medida contra un ciudadano debe estar sustentada en una decisión judicial.


Peralta advirtió que este tipo de acciones no solo pueden traer consecuencias legales para los alcaldes, sino también comprometer el patrimonio del ayuntamiento, ya que la municipalidad podría ser demandada por violaciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

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